Guía Completa sobre Concursos de Acreedores: Preconcurso, Tipos de concursos y Responsabilidades

 

El concurso de acreedores es una figura jurídica esencial para las empresas en dificultades financieras, nuestra experiencia como abogados de empresa, y nuestra formación en concursos, nos hacen conocedores de las muchas dificultades que entraña esta figura, y los miedos y suspicacias que levanta en el mercado, los consumidores, y los acreedores.

En esta guía, explicaremos qué es un concurso de acreedores, la diferencia entre un concurso con viabilidad y sin viabilidad (o liquidación), los tipos de concursos de acreedores (necesario y voluntario), y las responsabilidades del órgano de administración, especialmente en casos de presentación tardía.

1.-¿QUÉ ES UN CONCURSO DE ACREEDORES?

El concurso de acreedores es un procedimiento legal que se inicia cuando una empresa no puede cumplir con sus obligaciones de pago a sus acreedores o prevé que no podrá cumplir en un futuro cercano ( concurso actual o concurso inminente). Este proceso tiene como objetivo reestructurar la deuda de la empresa y, permitir su continuidad; o en el supuesto de no ser posible, si no es viable, se procederá a la liquidación ordenada de sus activos para satisfacer las deudas pendientes.

1.1.-Fases del Concurso de Acreedores

  1. Solicitud de Concurso: La empresa o sus acreedores presentan una solicitud de concurso. ( el primero sería concurso voluntario y en el segundo necesario)
  2. Fase Común: Se analizan los activos y pasivos de la empresa.
  3. Fase de Convenio o Liquidación: Dependiendo de la viabilidad de la empresa, se acuerda un convenio con los acreedores o se liquida la empresa.
  4. Conclusión del Concurso: Se cierra el procedimiento, ya sea por cumplimiento del convenio o por liquidación completa.
  5. Fase de Calificación: Es el momento en que la actuación del administrador de la empresa concursada se declara fortuita ( es decir sin culpa, y sin responsabilidad en el concurso) y en su caso culpable.

1.2.-Diferencia entre Concurso con Viabilidad y Sin Viabilidad (o Liquidación)

Concurso con Viabilidad. Se considera que la empresa tiene posibilidades de continuar funcionando, pese a tener dificultades financieras. El concurso puede ayudarle a buscar una solución y a slavr toda o parte de la empresa. Se busca alcanzar un convenio con los acreedores para reestructurar la deuda y permitir la continuidad de la empresa. Las medidas pueden incluir la reducción de la deuda, la ampliación de plazos de pago, o la conversión de deuda en capital, o la venta de una unidad productiva. Es importante, entrar en el concurso con las ideas claras y a ello te ayudará contar con un abogado de empresa, que tenga una visión global de tu negocio. En Globalway Abogados somos expertos en derecho empresarial, mercantil y concursal.

Concurso sin Viabilidad (o Liquidación) En este caso, en las reunines previas a la preparación al concurso se llega a la conclusión de que la empresa no puede continuar operando y que procede a la liquidación. Esto implica vender los activos de la empresa para pagar a los acreedores en la medida de lo posible. La liquidación se realiza de forma ordenada y supervisada por un administrador concursal. 

En algunas ocasiones la empresa no tiene bienes o simplemente el coste de realización de los bienes es muy superior al de conversión o lo que se obtendrá por ellos, en estos casos aconsejamos presentar un concurso sin masa.

1.3 Concurso de Acreedores: Necesario vs. Voluntario

Concurso Voluntario.-Es solicitado por la propia empresa cuando reconoce su insolvencia. El objetivo es buscar una solución ordenada para la situación financiera adversa. La presentación voluntaria generalmente permite una mayor flexibilidad en la negociación con los acreedores y puede ser vista como una medida de buena fe. 

Concurso Necesario.- Es solicitado por uno o más acreedores cuando la empresa no cumple con sus obligaciones de pago. Este tipo de concurso suele ser más adverso para la empresa, ya que es iniciado sin su consentimiento y puede limitar su capacidad de maniobra. La solicitud debe estar basada en pruebas de la insolvencia de la empresa, como el impago de deudas o la existencia de embargos. En Globalway Abogados aconsejamos a nuestros clientes presentar concursos necesarios, como una medida de lucha contra la morosidad, nuestros abogados expertos en derecho de empresa proponen dicha acción como una de las medidas más efectivas para recuperar el IVA de las facturas impagadas con una antigüedad superior a un año.

1-4.-Diferencias para el Órgano de Administración entre el Concurso Necesario y Voluntario

Concurso Voluntario

  • Control y Flexibilidad: El órgano de administración mantiene un mayor control sobre el proceso y puede influir en las negociaciones.
  • Buena Fe: La presentación voluntaria puede ser vista positivamente por los acreedores y el juzgado.
  • Continuidad de Gestión: Los administradores suelen continuar en sus funciones, aunque supervisados por el administrador concursal.

Concurso Necesario

  • Intervención Judicial: El juzgado puede intervenir de manera más estricta y limitar las acciones del órgano de administración.
  • Suspensión de Facultades: Los administradores pueden perder parte o la totalidad de sus facultades de gestión, que pasarán al administrador concursal.
  • Evaluación Crítica: Se puede realizar una evaluación crítica de la gestión previa, lo que puede derivar en responsabilidades para los administradores.

 

2.-PRECONCURSO: ¿QUÉ ES?

El preconcurso es una fase previa al concurso de acreedores que permite a la empresa intentar negociar con sus acreedores y reestructurar su deuda sin la intervención judicial directa.. El preconcurso proporciona a la empresa un plazo de tres meses para alcanzar un acuerdo de refinanciación o un convenio anticipado, protegiéndola temporalmente de acciones legales por parte de los acreedores.

Figuras Jurídicas en el Preconcurso

  1. Acuerdo de Refinanciación: Negociaciones con entidades financieras para reestructurar la deuda.
  2. Acuerdo Extrajudicial de Pagos: Negociaciones con acreedores para modificar los términos de la deuda.
  3. Concurso Voluntario Anticipado: Presentación de la solicitud de concurso si las negociaciones no prosperan.

3.-RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES POR RETRASO EN LA PRESENTACION DEL CONCURSO DE ACREEDORES

La Ley Concursal establece que los administradores deben solicitar el concurso de acreedores dentro de los dos meses siguientes a conocer la situación de insolvencia. No hacerlo en este plazo puede acarrear serias consecuencias:

  1. Responsabilidad Personal: Los administradores pueden ser considerados responsables personalmente por las deudas de la empresa si se demuestra que su tardanza agravó la situación de insolvencia (artículo 172 bis).
  2. Inhabilitación: Pueden ser inhabilitados para ejercer cargos de administración o dirección en otras empresas.
  3. Sanciones Económicas: Pueden enfrentar multas y otras sanciones económicas por negligencia.

En resumen, entender las diferencias y responsabilidades en un concurso de acreedores es crucial para la administración de una empresa en dificultades. Contar con el asesoramiento adecuado de un abogado especializado puede marcar la diferencia entre una reestructuración exitosa y una liquidación forzosa. En Globalway Abogados, estamos aquí para ayudarte a navegar estos complejos procesos legales y asegurar la mejor solución posible para tu empresa.

Para más información y asesoría personalizada, contáctanos , te aconsejaremos qué tipo de órgano se adapta más a las necesidades de tu empresa o startup; nuestra experiencia como abogados de empresa hace que nuestros servicios legales puedan ser el elemento diferencial que ayude al éxito de tu negocio.

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