Una de las grandes cuestiones que se plantea el propietario de un negocio cuando firma un contrato de agencia o distribución es si le conviene otorgar al agente o distribuidor la exclusiva y si la debe exigir. En este artículo estudiaremos la primera de las cuestiones y dejaremos la segunda para el siguiente.
Otorgar o no otorgar la exclusiva al distribuidor o agente en estos contratos es una decisión estratégica que puede traer múltiples beneficios y desafíos, dependiendo de los fines perseguidos por las partes involucradas. Este artículo abordaremos la conveniencia de otorgar o no la exclusiva, respaldada por la legislación española y la jurisprudencia aplicable, incluyendo sentencias del Tribunal Supremo; así como por nuestra dilatada experiencia como abogados de empresa, expertos en derecho mercantil y comercial.
Concepto
La exclusiva en un contrato de agencia o distribución implica que el agente o distribuidor tiene el derecho exclusivo de vender los productos o servicios del empresario en un área geográfica específica. Este derecho impide que el empresario nombre a otros agentes o distribuidores en la misma área, y también suele prohibir al empresario vender directamente en esa zona. Así pues, la exclusiva está íntimamente ligada al territorio.
Beneficios de Otorgar la Exclusiva
El Tribunal Supremo en varias sentencias que subrayan la importancia y los efectos de la exclusiva en los contratos de agencia y distribución. Por ejemplo, en la sentencia de 15 de julio de 2003 (RJ 2003\7101), el Tribunal Supremo confirmó que el otorgamiento de la exclusiva implica una obligación de no competencia para el empresario, reforzando la protección del agente.
En otra sentencia relevante de 9 de diciembre de 2005 (RJ 2006\324), el Tribunal Supremo destacó que la exclusividad otorga al agente una posición de ventaja competitiva en el mercado, lo que debe ser considerado al calcular la indemnización por clientela en caso de terminación del contrato.
Ventajas de No Otorgar la Exclusiva
Cuándo Optar por una Opción u Otra
Otorgar la Exclusiva: Esta opción es recomendable cuando el producto requiere una inversión significativa en promoción y formación del agente o distribuidor. Cuando se busca un profesional que conoce el sector y tiene un nombre en el mercado que se quiere abrir. Para evitar los perjuicios derivados de la exclusiva deberán fijarse cláusulas particulares en relación a las ventas mínimas y a cuando y cómo se podrá modificar la exclusiva de forma parcial o total.
No Otorgar la Exclusiva: Esta opción es adecuada cuando el empresario desea mantener flexibilidad para adaptarse rápidamente a las condiciones del mercado. Es útil en mercados amplios o fragmentados donde se necesita la cobertura de varios agentes para alcanzar diferentes segmentos de clientes. También es una buena opción si el empresario prefiere no depender de un solo agente para evitar riesgos.
Otras consideraciones contractuales relacionadas con la exclusiva
Para que la exclusiva sea efectiva y beneficiosa, es fundamental que el contrato de agencia o distribución incluya cláusulas claras y detalladas. Algunas consideraciones importantes son:
Recomendaciones para Empresarios y Agentes o distribuidores.
Consultoría Legal Especializada: Es crucial que tanto los empresarios como los agentes busquen asesoría legal especializada para redactar y negociar los términos del contrato. En Globalway Abogados contamos con una dilatada experiencia en derecho empresarial y contratos de agencia y distribución, que ponemos al servicio de nuestros clientes.
Evaluación del Mercado: Antes de otorgar la exclusiva, es recomendable realizar un estudio de mercado para asegurarse de que el agente o distribuidor seleccionado tiene la capacidad y los recursos necesarios para cubrir eficientemente el área de exclusividad. En cualquier caso, el contrato deberá tener cláusulas de escape, para evitar resultadas indeseados.
Cláusulas de Revisión: Incluir cláusulas que permitan la revisión y ajuste del contrato en función del desempeño del agente o distribuidor y las condiciones del mercado y particulares del agente.
Si necesita firmar un contrato de agencia o distribución, renegociarlo o renovarlo, no dude en llamarnos, le atenderemos encantados desde nuestras oficinas en Barcelona, ya sea online o en persona. Recuerde que un buen contrato evita un mal juicio. Recuerda que el hecho que los contratos de agencia carezcan de regulación legal otorga más libertad a las partes a la hora de concluir un contrato y que un contrato es ley entre las partes.
Si ya ha firmado el contrato de agencia o distribución y quiere conocer sus derechos y obligaciones en relación a aquel, la posible indemnización por clientela y daños y perjuicios, tan sólo necesitamos una copia de su contrato para proceder a su estudio.
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Especialistas en derecho mercantil y de empresa, contratos de agencia y distribución
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