¿Puede un Agente Trabajar para Diferentes Empresas? 
Análisis Jurídico según el Derecho de Empresa y la ley de Agencia

Una cuestión frecuente que surge en la relación comercial que se establece como consecuencia del contrato de agencia, entre el agente y el principal, es si un agente puede trabajar simultáneamente para varias empresas

La ley del contrato de agencia, regula esta cuestión en el Artículo 7 de la Ley del Contrato de Agencia  y ofrece una respuesta clara, estableciendo las condiciones bajo las cuales un agente puede prestar sus servicios a distintos empresarios. En caso de silencio del contrato que regula las relaciones entre ambos se aplicará el artículo 7 de la ley de Agencia. De ahí la importancia de contar con un abogado especialista en derecho mercantil, contratos de agencia, para la negociación y redacción de cualquier contrato mercantil.

¿Qué Establece la Ley del Contrato de Agencia?

De acuerdo con el Artículo 7 de la Ley 12/1992, de 27 de mayo, el agente puede, salvo pacto en contrario, desarrollar su actividad profesional por cuenta de varios empresarios. Esto significa que, por defecto, la ley permite que un agente trabaje para diferentes empresas, lo que puede ser beneficioso para ambos, permitiendo mayor flexibilidad y diversificación. En el supuesto de que dicho silencio sea voluntario, se permite tragajar para otras empresas.

No obstante, la ley impone una limitación importante: cuando un agente desea representar bienes o servicios de igual o análoga naturaleza que compitan con los del empresario original, es necesario obtener el consentimiento expreso de dicho empresario. Esta disposición busca evitar conflictos de intereses y proteger la lealtad y confidencialidad en la relación contractual. Por ello, es aconsejable cuando se redacta un contrato de agencia hacer constar para qué clientes trabaja el agente con anterioridad a la firma del contrato de agencia.

La Jurisprudencia y su Impacto en la Práctica

La jurisprudencia ha jugado un papel crucial en la interpretación de estas disposiciones. Por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de febrero de 2015 (STS 775/2015) subrayó que la cláusula de exclusividad en los contratos de agencia debe interpretarse de forma restrictiva. Esto significa que, a menos que exista un pacto explícito que prohíba al agente trabajar para otros empresarios, el agente tiene la libertad de hacerlo. Esta sentencia refuerza el principio de libertad contractual y confirma que los empresarios deben ser claros y precisos si desean limitar la actividad del agente.

Otro caso relevante es la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de enero de 2012 (STS 69/2012), donde se abordó la importancia del consentimiento del empresario cuando un agente busca representar productos o servicios que compiten directamente con los del empresario original. En esta sentencia, el Tribunal Supremo resolvió que la falta de dicho consentimiento constituía un incumplimiento contractual significativo, lo que permitió al empresario resolver el contrato y reclamar daños y perjuicios. Esta decisión resalta la importancia de que los agentes cumplan estrictamente con los términos contractuales para evitar consecuencias legales adversas.

Implicaciones para Empresarios y Agentes

Para los empresarios, es esencial considerar la posibilidad de incluir cláusulas de exclusividad en el contrato de agencia si desean evitar que el agente trabaje para competidores. Dado que la jurisprudencia apoya la validez de estas cláusulas, es recomendable que cualquier restricción se formule de manera clara y precisa en el contrato.

Por su parte, los agentes que desean trabajar para múltiples empresas deben proceder con cautela. Es fundamental obtener el consentimiento necesario cuando se trate de representar a competidores y asegurarse de que su actividad no infrinja los términos contractuales establecidos, para evitar posibles conflictos y litigios.

En conclusión, un agente puede trabajar para diferentes empresas, siempre que no exista un pacto en contrario y se obtenga el consentimiento del empresario en actividades competitivas. Esta flexibilidad ofrece oportunidades, pero también requiere una gestión cuidadosa para evitar conflictos de intereses y asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

En Globalway Abogados, somos especialistas en derecho de empresa y contratación mercantil. Estamos aquí para ayudarle a proteger sus intereses comerciales, asegurando que sus contratos estén bien estructurados y cumplan con la normativa vigente. ¿Necesita asesoría legal para su empresa? No dude en contactarnos en Globalway Abogados. Le ofrecemos el respaldo legal que necesita para tomar decisiones informadas y mantener relaciones comerciales sólidas.

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