Procedimiento Monitorio
El juicio monitorio es un procedimiento judicial que sirve para reclamar el pago de deudas siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.
Ante el impago y morosidad de una deuda, es recomendable acudir a la vía judicial para tratar de recuperar el crédito adeudado.
El proceso monitorio, dentro del derecho civil, es el camino judicial adecuado para exigir el reclamo de una deuda que se contrae en dinero, ya sea en euro o cualquier otra moneda extranjera.
Para poder reclamar la deuda mediante el juicio monitorio, se deben reunir los siguientes requisitos:
Debe ser una deuda:
- Dineraria
- Determinada
- Vencida
- Exigible
Procedimiento Monitorio: clases de deuda
Deuda DINERARIA
Este tipo de deuda ser refiere a que el derecho al crédito debe cobrase en dinero en el sentido estricto de la palabra, osea moneda en curso legal ya sea nacional o extranjera.
Deuda VENCIDA
Es aquella cuyo plazo de pago ha vencido. Por tanto en los juicios monitorios las deudas a reclamar a futuro no tienen valor.
No cabe por tanto mediante un juicio monitorio reclamar deudas de futuro, que no han vencido todavía.
Deuda EXIGIBLE
Se entiende por este tipo de deuda que no dependen de ninguna contraprestación, ni están sujetas a ninguna condición previa.
Deuda DETERMINADA
Significa que la deuda debe ser líquida, es decir, que está concretada en una suma de dinero.
Pasos para reclamar una deuda
Es necesario presentar un principio de prueba que certifique la relación entre las dos partes involucradas. La LEC dice que la deuda deberá acreditarse de algunas de las formas a continuación expuestas:
1) Mediante documentos donde aparezca la firma del deudor, sello, marca o cualquier otra señal física o electrónica que lo identifique.
2) Mediante facturas, albaranes, certificaciones, que den cuenta la relación que hay entre acreedor y deudor.
3) Aportar documentos comerciales donde se tenga en cuenta una relación anterior, y el monto adeudado .
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