contract - Contratación civil y mercantil

Contratos Civiles y Mercantiles

El artículo 1255 dice que el contrato es ley entre las partes. Es decir, salvo en aquellos supuestos en el que la propia ley excluye la autonomía de la voluntad, las partes pueden decidir cómo regularán su relación. Esto pasa tanto en el ámbito civil, nuestro día a día, como en el ámbito mercantil.

Por ello las partes no deben dejar a la suerte la redacción del contrato que regirá la relación con la otra parte. Un buen contrato evita un litigio o como mínimo minimiza los efectos.

La redacción de contratos civiles y mercantiles implica un trabajo previo con el cliente.

En dicha fase se debe proceder a plantearse múltiples cuestiones y escenarios.

1.- ¿Qué fin se persigue con con contratos civiles y mercantiles? ¿Qué queremos conseguir? ¿En cuánto tiempo? ¿Cómo? ¿Dónde? ¿Por qué?

2.- ¿Puede ser que finalmente no alcancemos el objetivo? En ese caso deberemos saber ¿por qué?, y también ¿Cuáles son las consecuencias que se derivaran en caso de incumplimiento?

3.- Existen también una serie de cuestiones accesorias, como pueden ser: 1) Garantías prestadas por las partes: 1) Reales, personales, dinerarias. 2) Cláusulas resolutivas o suspensivas

4.- Causas de resolución del contrato y efectos de dicha resolución.

5.- Resolución de controversias entre las partes: mediación, arbitraje y/o sumisión a justicia ordinaria.

Cuanto más específico es un contrato, mejor. En GlobalWay Abogados no creemos en soluciones estandarizadas, en soluciones iguales para todos. Es cierto que en internet existen modelos para casi todo, pero no es menos cierto que dichos formularios son soluciones estándar que no tiene en cuenta al cliente, sino que están hechas para cualquiera. Desde GlobalWay Abogados apostamos por los “trajes a medida”, por el contrato que se adecua a las necesidades de nuestro cliente. No creemos en soluciones estandarizadas sino que somos conscientes que cada cliente es único y como tal necesita un contrato que se adapte a sus necesidades.

Además contamos con una amplia experiencia en el ámbito de los contratos de colaboración empresarial, entre otros:

1) Contratos de Distribución

2) Contratos de Agencia

3) Contratos de franquicia

4) Contratos de Joint Venture.

Todo ello sin olvidar la especial incidencia que el derecho de los consumidores tiene en el ámbito de la contratación con aquéllos.

Por todo ello, nuestra máxima es que un buen contrato es la base de una buena relación contractual, evita problemas y facilita el día a día de las empresas y la obtención de resultados.

Alba Novell Vera, directora y fundadora de GlobalWay abogados.

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