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Conoce tus derechos como pasajero en avión

derechos como pasajero

¿Quieres saber cuales son tus derechos como pasajero en avión dentro de la Unión Europea?

Sigue leyendo, te explicaremos en detalle tus derechos fundamentales como pasajero y que hacer en caso de que sean vulnerados.

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Se acerca de nuevo el mes de agosto y las compañías aéreas como cada año vuelven a amenazar con huelgas, retrasos, cancelaciones y demás. Sin embargo, las compañías aéreas deben cumplir con el Reglamento (CE) 261/2014 sobre los Derechos Como Pasajero del Parlamento Europeo. La mayoría de las veces dichas compañías ignoran sus obligaciones, en este artículo intentaremos de una manera breve y sistemática informarte sobre tus derechos, aunque para que los mismos sean realmente eficaces deberás exigirlos, no basta con tenerlos es necesario usarlos.

1º DERECHO COMO PASAJERO A LA ATENCIÓN ADECUADO POR PARTE DE LA COMPAÑÍA AEREA Y A LA INFORMACIÓN, cuando el retraso sea superior a dos horas. Dicha información debería facilitarse de manera escrita y adecuada, es decir comprensible, informando al pasajero de las contraprestaciones económicas y demás compensaciones a las que tiene derecho por los retrasos ocasionados.

2º DERECHO COMO PASAJERO A ALOJAMIENTO Y DIETAS, siempre que el vuelo sufra un retraso de dos horas o más y en atención a la distancia del viaje el pasajero tendrá derecho a vales canjeables en el propio aeropuerto por bebidas y comidas.  También debería disponer de un sistema de comunicación gratuito ( por ejemplo teléfono, fax, internet). Si la salida del vuelo se retrasa al día siguiente deberían facilitar al pasajero alojamiento en un hotel gratuito, transporte de ida y vuelta al hotel y tener una atención especial para con las personas con problemas de movilidad.

En este supuesto no está de más realizar una primera reclamación en el propio aeropuerto, ante el mostrador de la aerolínea correspondiente.

3º DERECHO COMO PASAJERO A REEMBOLSO, en caso de que el retraso sea superior a 5 horas el pasajero tiene derecho al reembolso del coste del billete si decide no viajar, no debiendo justificar la causa o motivo.  El periodo en el que la compañía aérea debe realizar el reembolso es un plazo máximo de cinco días, sino deberás interponer la correspondiente reclamación ante la compañía y en caso de denegación o silencio reclamar judicialmente, ante los Juzgados de lo Mercantil de tu provincia.

4º DERECHO COMO PASAJERO A COMPENSACIÓN ECONÓMICA. – Cuando los casos de retrasos de llegada al destino final son de tres o más horas, los viajeros pueden solicitar una compensación de entre 250 y 600 euros en función de la distancia de su vuelo y de si es o no intracomunitario. Podríamos poder una compensación por retrasos inferiores a tres horas si dicho retraso nos ha conllevado la pérdida de una conexión, y un retraso final superior a cinco horas.

Estas compensaciones también incluyen retrasos de menos de tres horas en vuelos iniciales que generan perder las conexiones, y por consecuencia retrasos de más de cinco horas en la hora de llegada al destino final.

5º DERECHO COMO PASAJERO A SER INFORMADOS DE VARIACIONES O CAMBIOS EN NUESTRO VUELO CON UNA ANTELACIÓN DE 14 DÍAS. Las Compañías aéreas se reservan el derecho a modificar horarios y aeropuertos de destino y salida, pero en caso de que hagan uso de dicho derecho deberemos ser informados con una antelación mínima de 14 días, de no ser así dicha modificación se equiparará a un cambio o cancelación de billete y tendremos derecho a la correspondiente compensación, que puede ser de hasta 600€.

En cualquier caso, para el supuesto de que se modifique el aeropuerto de destino o salida se recomienda guardar los tickets y facturas por los gastos extras ocasionados como consecuencia de dicho cambio.

6º DERECHO COMO PASAJERO A QUE NUESTRO EQUIPAJE SEA TRANSPORTADO CON NOSOTROS. A nuestra llegada al aeropuerto de destino deberemos encontrar nuestra maleta, de no ser así tenemos derecho a una compensación por TODOS los inconvenientes causadas como son las compras de artículos necesarios de aseo y vestido. En este caso se deben guardar las facturas y presentarlas a la compañía para que en un plazo de 21 días desde la entrega de las maletas nos compensen por los gastos ocasionados.

7º INDEMNIZACIÓN POR PERDIDA DE MALETAS. Nuestras maletas no sólo deben viajar con nosotros, sino que deben llegar en perfectas condiciones, el transportista es el único responsable de los perjuicios que estas puedan sufrir. En caso de perdida de maleta se prevén unas indemnizaciones, teniendo en cuenta el peso de estas y otros factores, la indemnización máxima es de 1400€. Si cuando vamos a retirar la maleta vemos que ésta ha sufrido daños deberemos ponerlo en conocimiento de la compañía, en el mostrador de recogida de equipajes, el mismo mostrador al que deberemos acudir en caso de pérdida de equipaje. Es esencial guardar el resguardo del equipaje facturado.

Os deseamos a todos un buen vuelo y un estupendo verano.

GlobalWay Abogados