¡ME CASO!

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Hola, soy Mª Jesús, trabajo en GWA, acabé derecho el año pasado y ya me he colegiado y, tras años de mucho esfuerzo, ¡ME CASO!

En este post quiero explicaros todos los contratos que he ido encontrando a lo largo de este año de preparativos, que no son pocos.

Pues sí, llevo un año de preparativos para la boda, y nunca pensé que podría encontrar tantas referencias jurídicas, y menos en cada uno de los trámites que he ido haciendo; voy a ir paso a paso explicándoos todas las referencias jurídicas que me he ido encontrando.

Primero de todo, he de decir que como me caso en, Barcelona, Cataluña, por lo que no he tenido que pensar en capitulaciones matrimoniales, ya que aquí existe la separación de bienes, lo mío es mío y lo tuyo es tuyo, así que un quebradero de cabeza menos. En cambio, debéis tener en cuenta que si sois de otra comunidad autónoma en que exista el régimen de gananciales, debéis sopesar la idea de realizar capitulaciones matrimoniales, lo que comúnmente se conoce como “firmar la separación de bienes”, o no, eso ya depende de vosotros.

Con un problema menos en la cabeza, hay que pensar ¿dónde lo celebramos? Cuando hayas elegido el sitio, deberás firmar un CONTRATO con la empresa que se va a encargar del evento. Dicho contrato prevé todo lo que puede pasar en una boda, como por ejemplo, que tú indiques que vienen 80 invitados, y al final resulte que vienen 120, para ello, existe una cláusula que indica con cuanto tiempo deber avisar de los invitados finales, así como también se especifica si, finalmente, no llegar a la cifra mínima; en ese caso, suele haber un recargo por invitado no asistente, eso miradlo muy bien, porque os puede salir caro. También se prevé que la boda, desgraciadamente, se pueda anular, por ello te dan unos días de margen para que avises si va a ser así, si bien, si pasado el plazo acordado, finalmente, se cancela el evento, se deberá abonar una parte proporcional al precio acordado con el lugar de celebración. Que te deje tu novio/novia no es causa de Fuerza Mayor.

Dentro de la celebración, deberás firmar también un acuerdo con el DJ y el fotógrafo, este acuerdo es más sencillo, ya que ellos se comprometen a hacer su trabajo, previo pago, no existe grandes complicaciones, siempre existirá esa cláusula de penalización, que, o bien estipulan ellos o dependerá de tus dotes de negociación.

Dejando de lado la celebración, debemos tener en cuenta que hemos de preparar el EXPEDIENTE MATRIMONIAL, ¿Qué en qué consiste? Pues debemos recoger nuestra partida de bautismo, así como nuestro certificado de nacimiento, siempre y cuando te cases por la iglesia, si te casas por lo civil, necesitarás solicitud de matrimonio, copia del DNI de ambos, certificado de nacimiento y de empadronamiento. Ambos son contratos que deberán ser firmados por los novios, así como por los testigos, uno por cada novio.

Casi todos los contratos que hemos ido acordando con los diferentes proveedores son de arrendamiento de obra, desde el contrato firmado con el hotel, hasta el contrato del vestido de novia, ya que, el mismo no consiste en una compraventa en firme, sino más bien en eso, un contrato de obra, ya que el vestido te lo hacen para ti, no es como ir a la tienda y elegir la prenda que te gusta, el vestido de novia tiene que ser TU VESTIDO DE NOVIA, no es de cualquiera. Otro contrato de obra también es, por ejemplo, el de las flores, una vez están puestas en el lugar en el que se va a celebrar la ceremonia, se acaba el contrato acordado, y así, con todo. Lo importante de un arrendamiento es que el proveedor se compromete a un RESULTADO, es decir, a que te quede bien.

El único contrato que no se resuelve de manera tan sencilla es el del matrimonio, pues, como ya sabéis, el matrimonio solo se disuelve mediante la muerte de uno de los cónyuges o con el divorcio, que puede ser ante notario o mediante procedimiento judicial, solo espero que eso no me pase a míJ.

Pues eso, que me caso el 14 de marzo, ¡colgaré una foto en Instagram!

Espero haberos sido de ayuda, sino estaremos encantados de atenderte en GLOBALWAY ABOGADOS.

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